Tutela garantiza servicio de agua potable a los habitantes de corregimiento en Achí-Bolívar

Un plazo no mayor a las 48 horas, una vez sean notificados, tiene la alcaldía de Achí y la empresa que presta el servicio de agua potable en esa localidad, para que establezcan un plan de contingencia que permita garantizar el suministro del vital líquido a los habitantes del corregimiento de Gallego Medio.
A través de una acción de tutela presentada por la Procuraduría regional Bolívar y fallada por el Juzgado 4° civil municipal de Cartagena, busca amparar derechos fundamentales a la dignidad humana, salud, igualdad y vida, entregando además un plazo de tres meses a la administración municipal de Achí, para que se ejecuten las acciones que hagan posible que los habitantes de esta localidad cuenten con este recurso de manera permanente.
Según denuncian los pobladores del corregimiento de Gallego Medio, desde el pasado mes de enero no reciben el servicio de agua potable, lo que los coloca aún más en riesgo de adquirir el coronavirus, al no poder cumplir con una de las obligaciones que establece el gobierno y es el lavado de manos de manera constante.
El juez indica en la providencia, que la cantidad de agua a proveer debe obedecer al volumen mínimo razonable establecido por la Organización Mundial de la Salud, que debe oscilar entre 50 y 100 litros diarios por persona, para que puedan satisfacer sus necesidades.
Precisa el amparo constitucional, que en las actuales circunstancias se hace aún más apremiante la necesidad de que la comunidad cuente con acceso al agua potable, para poder asegurar la salud y la vida, y cumplir con las normas de prevención del covid- 19, pues de lo contrario estarían en un riesgo diferencial mayor al resto de la población colombiana.