Procuraduría provincial destituye al Curador Urbano 1 de Cartagena y sanciona a ex secretaria de Planeación

Conceder una licencia de construcción para un multifamiliar en el barrio de Manga, violando el Plan de Ordenamiento Territorial, le acaba de generar una sanción disciplinaria de destitución en inhabilidad de 3 años al Curador Urbano 1 de Cartagena, Ronald Llamás Bustos y de suspensión por 4 meses a la exsecretaria de planeación, Dolly González Espinosa.
La investigación de la Procuraduría Provincial de Cartagena, indica varias falencias en el desarrollo de las solicitud de licencias de construcción que hicieron los desarrolladores de este proyecto habitacional.
Según el ministerio publico, el curador Llamas Bustos autorizó en la licencia que el edificio tuvieran un semisótano, sin tener en cuenta que la obra se ejecutaría en un sector que tiene una altura inferior a dos metros sobre el nivel del mar, razón por la cual el POT de Cartagena prohíbe las construcciones subterráneas.
Para la procuraduría provincial, el comportamiento del servidor obedeció a una falta de verificación, toda vez que expidió la licencia basado en un concepto técnico presentado por el apoderado de la constructora, elaborado sobre un predio completamente distinto al que fue objeto de la licencia otorgada.
Considera la Procuraduría, que con su conducta, el curador vulneró los principios de responsabilidad y eficiencia de la función pública, al no atender las normas que regulan el desarrollo urbanístico de la ciudad.
Por su parte la exsecretaria González incurrió en una omisión en su labor de control, ya que se limitó a expedir un concepto sobre la viabilidad de conexión de las redes de servicios de agua potable y alcantarillado, sin manifestar la prohibición para construir un semisótano en ese edificio.
Por esos hechos, el Ministerio Público calificó la conducta de Llamas Bustos, como una falta gravísima cometida con culpa gravísima, mientras que González Espinosa fue sancionada por una falta grave a título de culpa gravísima. El fallo de primera instancia puede ser apelado por los investigados.