En seis meses Ministerio de Transporte debe tener lista la reglamentación de los coches turístico

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El Consejo de Estado confirmó el fallo del Tribunal Administrativo de Bolívar, y mediante sentencia del 20 de noviembre de 2019 acogió las pretensiones del distrito de Cartagena y ordenó al Ministerio del transporte regular de manera integral a los vehículos de tracción animal con fines turísticos.

Según la sentencia, la cartera de transporte tiene un plazo de seis meses para realizar los ajustes que permita regular este servicio en ciudades cómo Cartagena.

«Está es una batalla que iniciamos al realiza un analisis al decreto 0656 del 2014 que establece el servicio de coches, donde la misma tenía vacíos legales sumados a la ausencia de una legislación sobre los vehículos de tracción animal con fines turísticos en el país», explicó Natalia Echeverry Hernández, asesora del distrito para el centro histórico.

Ante esto, inicialmente se interpuso un derecho de petición contra el Mintansporte solicitando el cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 98 de la ley 769 del 2002, en el sentido de que expidiera las normas sobre los vehículos de tracción animal con fines turísticos, sin obtener una positiva respuesta, señaló la funcionaria.

Confiamos en que desde el gobierno nacional, se regule una actividad que es importante en ciudades con carácter turístico cómo Cartagena, y que se evite las situaciones que por vacíos legales nos ha tocado vivir en nuestra capital, anotó Echeverry Hernández.

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