Alcaldía de Cartagena emite decretos de pico y placa para vehículos particulares y motocicletas

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Mediante la publicación de los decretos 0010 y 0011 de enero 05 de 2021, la alcaldía de Cartagena, estableció la nueva rotación para la circulación de estos vehículos en toda esta capital y que para el caso de los particulares su rotación se hará cada trimestre.   En el decreto 0010, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, la rotación de los dos dígitos aplicará de lunes a viernes con excepción de los días feriados, en el horario comprendido entre las 07:00 a.m. y las 10:00 a.m., y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m. 

El director del Tránsito de Cartagena Janer Galván Carbonó dijo que esta medida mantiene el propósito de asegurar un mejor ordenamiento del tráfico y una movilidad más ágil y eficiente en la ciudad, en la que se cumplan además los protocolos de bioseguridad establecidos.

Pico y placa enero 06 – marzo 31 de 2021

Lunes 5-6

Martes 7-8

Miércoles 9-0

Jueves 1-2

Viernes 3-4

Así mismo para la circulación de motocicletas y sus restricciones, en el acto administrativo 0011 de enero 05 de 2012, se establece que la medida del pico y placa para este tipo de vehículos será que en los días pares solo circulen aquellos que terminen en números par (0, 2, 4, 6 y 8), y los días impares aquellos cuyo último digito finalice en 1, 3, 5, 7 y 9.

De igual manera durante la vigencia del decreto 0011 que será hasta el 31 de diciembre de 2021, queda prohibida la circulación de esta clase de vehículos el segundo y último viernes de cada mes, además de la restricción para ingresar y circular por el Centro Histórico de Cartagena.     

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