Se enreda petición de empresaria Enilse López Romero de ser incluida en la Jurisdicción Especial de Paz

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La Procuraduría General solicitó a la Jurisdicción Especial para la Paz, que rechace la solicitud de sometimiento presentada por la empresaria del chance Enilce del López Romero, quién paga una condena por homicidio agravado y concierto para delinquir agravado por nexos con grupos paramilitares.

El Ministerio público envío un concepto a la Sala Definición de Situaciones Jurídicas, donde se explica que López Romero fue integrante orgánica de las Autodefensas Unidas de Colombia y los miembros de ese grupo armado ilegal no son sujetos de la competencia de la JEP.

El organismo de control indicó que la jurisdicción ordinaria estableció que había dirigido la estructura paramilitar del norte y el sur de Bolívar, y por lo tanto resulta evidente que su intervención no correspondió a la de una simple colaboradora de dicha organización.

La Procuraduría demostró que el plan de aportes al sistema de justicia transicional presentado por Enilce López tenía serias deficiencias, pues no contenía propuestas para el esclarecimiento de los delitos que se le atribuyen a la estructura ilegal a la que pertenecía y sus ofertas en materia de reparación consistían en propuestas de emprendimiento financieramente inviables o recaían sobre bienes en proceso de extinción de dominio que por su situación jurídica carecían de vocación reparadora.

Finalmente, el organismo disciplinario solicitó que se realicen acciones de articulación entre los componentes de la JEP, con el fin de que se unifiquen los criterios y mecanismos de evaluación y monitoreo de los proyectos de reparación a las víctimas que propongan los comparecientes.

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