Por realizar señalamientos sin pruebas, tutela obliga a veedor Jorge Quintana Sosa a rectificar

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Una acción de tutela fallada por el Juzgado Undécimo Civil Municipal de Cartagena a favor del ex gobernador Dumek Turbay Paz, entrega un plazo de 48 horas a Jorge Quintana Sosa, en su condición de representante legal de la Veeduría Ciudadana-Quinta Ventana tu Veeduría, para que realice la rectificación de información entregadas a través de un comunicado a la opinión pública y por la red social Facebook, donde cuestiona el proceder administrativo del ex servidor público.

La acción judicial ampara los derechos fundamentales de buen nombre, honra y rectificación en condiciones de equidad al ex mandatario de Bolívar, luego de las declaraciones entregadas por Jorge Quintana Sosa a través de comunicado a la opinión pública de fecha 04 de agosto y la transmisión a través de la red social Facebook el día 25 de agosto.

En el comunicado del veedor Quintana Sosa, que además estaba dirigido a medios de comunicación como Caracol Noticias y revista Semana, se hace referencia a una denuncia por hechos de corrupción, cometidos supuestamente por Turbay Paz durante el período en el que se desempeñó como Gobernador de Bolívar, entre los años 2016-2019, denominados como “Caso conciliación entre el departamento de Bolívar y la Clínica Madre Laura SAS” y caso “Estampilla Pro Hospital Universitario del Caribe de Cartagena”.  

En las publicaciones el veedor Quintana Sosa habría realizado afirmaciones y expresiones calumniosas, sin el aporte de pruebas en las denuncias”, se indica en el fallo del Juzgado Undécimo Civil Municipal de Cartagena     

En el fallo de tutela de fecha 02 d septiembre de 2021, se ordena a Jorge Quintana Sosa que en un término no mayor a las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, rectifique el “comunicado a la opinión pública” emitido el 4 de agosto de 2021, y la publicación expuesta en la red social “Facebook” el 25 de agosto de 2021, prestando la información conforme a los parámetros que ley establece.     

Dicha rectificación deberá ser compartida en todos los medios en que se difundió la primera de las afirmaciones, es decir, en la red social referida, y en cualquier otra en que se haya reproducido, por el tiempo inicialmente publicado”, señala el fallo de tutela.

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