Desde este martes, se retoma el pico y placa para vehículos particulares y motocicletas y se levanta el pico y cédula para la ciudadanía

La flexibilización de algunas medidas por parte de la alcaldía de Cartagena, están relacionadas con las acciones implementadas para el control de la pandemia, lo que se ha visto reflejado en la mediana ocupación de camas en Unidades de Cuidados Intensivos de centros asistenciales en esta capital.
A través del decreto 0118 se dictan algunas disposiciones que estarán vigentes hasta las 00:00 horas del 1 de marzo de 2021. Durante la vigencia del acto administrativo, cambiará el horario del toque de queda, el cual quedará así: de los días domingo a jueves: desde las 00:00 horas hasta las 5:00 a.m. de cada día, mientras que los días viernes y sábado la medida será entre las 02:00 a.m. hasta las 5:00 a.m. de cada día.
Durante estos horarios estará restringido el consumo de bebidas embriagantes y alcohol en espacios públicos, como calles, parques, plazas, plazoletas, en espacios residenciales, en bares, gastrobares y en toda Cartagena. De igual forma se prohíbe la venta, distribución y expendio de bebidas embriagantes en todos los tipos de establecimientos de comercio (tiendas de barrio, supermercado, centros comerciales, grandes superficies, salsamentarias, terrazas, estancos, billares, etc.), por personas naturales y/o jurídicas.
Dentro del decreto 0118, se levanta la medida de pico y cédula para el ingreso a establecimientos comerciales y bancos, sin embargo, se retoma el pico y placa de vehículos particulares y motocicletas, así como la medida de día sin moto, la cual se aplica el segundo y último viernes de cada mes. La rotación para los vehículos particulares continúa tal como quedó fijada para el primer trimestre del año, de acuerdo con placas terminadas así: Lunes: 5 y 6. Martes: 7 y 8. Miércoles: 9 y 0. Jueves: 1 y 2. Viernes: 3 y 4. En el caso de las motocicletas se reactiva el decreto 0011 del 5 de enero, que estableció que los días pares solo pueden circular las motos cuyas placas terminen en (0, 2, 4, 6, 8) y los días impares, las placas terminadas en (1, 3, 5, 7, 9). También se seguirán implementando dos días sin moto al mes, el segundo y último viernes.
En otro de los artículos del decreto, se establecen restricciones para espectáculos y uso de espacio público, desde el día 02 de febrero y hasta las 00:00 horas del 01 marzo, con la prohibición del uso del espacio público que no esté autorizado por las autoridades o normas correspondientes, para celebraciones o aglomeraciones, además de las contempladas por leyes o normas al respecto.
No se otorgará autorización para eventos en vías públicas, ni fuera de las zonas que se encuentren autorizadas dentro de los espacios públicos del Centro Histórico que tienen aprovechamiento económico.
Tampoco se permite la realización de espectáculos públicos o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo en playas y espacios públicos; así mismo, se prohíbe la utilización de pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.