Exalcalde William Dau, a pagar millonaria multa por “lengua larga”

Una nueva investigación aperturó la Procuraduría General en contra del exalcalde de Cartagena, William Dau Chamatt, por irregularidades de carácter disciplinario relacionadas con haber incumplido el deber de tratar con respeto debido a los funcionarios de la Universidad de Cartagena y adicionalmente, afirmar que en la Procuraduría General de la Nación «también hay un nido de ratas».
Para el Ministerio público, resultó evidente, además, la nula intención por parte del investigado de corregir su comportamiento dado que su manifestaciones desobligantes frente a los funcionarios del órgano disciplinario se dieron precisamente dentro de otra investigación por las mismas expresiones que de manera grotesca, señaló frente a funcionarios del Distrito de Cartagena, situación que resalta su intención latente de transgredir los derechos de los demás, bajo el amparo de una actitud de repudio y rechazo hacia la corrupción, pues aun sabiendo las consecuencias de sus expresiones, imprimió de forma grosera, irrespetuosa y arbitraria señalamientos que vulneran los deberes que como servidor público está llamado a cumplir.
El exfuncionario en la sesión de audiencia celebrada el 12 de diciembre de 2022 utilizó un lenguaje inadecuado, impertinente y distante del vocabulario prudente, objetivo y razonable que cualquier funcionario público debe emplear a la hora de dirigirse a los servidores del Estado, con lo cual afectó la dignidad, honra y buen nombre de los funcionarios de la Procuraduría General.
La Procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 1, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, resuelve declarar probado y no desvirtuado el cargo atribuido a William Dau Chamatt, para la época de los hechos, en consecuencia impone sanción disciplinaria, consistente en suspensión en el ejercicio del cargo por el término de cuatro meses (4) meses, que se convierten en salarios básicos devengado para el momento de la comisión de la conducta reprochada, esto es cincuenta y seis millones trescientos ocho mil trecientos cincuenta y seis pesos ($56.308.356), conforme a lo previsto en la parte motiva la decisión, advirtiendo que contra la misma procede recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular, que podrá interponer y sustentar dentro del término de diez (10) días siguientes a la notificación de dicha providencia.