En fallo definitivo, Procuraduría confirma sanción de suspensión a exalcalde Antonio Guerra Varela

Sanción de suspensión por un término de siete (7) meses, impuso el Ministerio Público al exalcalde de Cartagena, Antonio Quinto Guerra Varela, por haberse posesionado y actuar como representante legal del distrito a pesar de estar inhabilitado.
El ente de control demostró que dentro del año anterior a su elección, el disciplinado firmó un otrosí al contrato 329 del 26 de enero de 2017, suscrito con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio con el objeto de estructurar estrategias y programas, y brindar asesoraría sobre agua potable y saneamiento básico, en el que tuvo injerencia directa el departamento de Bolívar y el distrito de Cartagena.
Con este comportamiento el exfuncionario violentó el numeral 3 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, que dispone que no podrá ser inscrito como candidato, ni elegido ó designado alcalde municipal o distrital “quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio.
A juicio de la Procuraduría, al exalcalde Guerra Varela, le era exigible que acudiera a un organismo oficial que le suministrara información objetiva y veraz acerca de las implicaciones jurídicas de su caso particular, toda vez que era conocedor de su condición de contratista en una época anterior a inscribirse como candidato.
El organismo disciplinario calificó la conducta del exmandatario como gravísima a título de culpa grave.
Teniendo en cuenta que Guerra Varela no es servidor público, el tiempo impuesto como sanción se convertirá en salarios equivalentes al monto de lo devengado al momento de cometerse la falta.