Decreto presidencial sobre excarcelación no aplicaría en Cárcel de mujeres en Cartagena

A pesar que varias reclusas cumplen con los requisitos de tener más de 60 años o sufrir de enfermedades con diagnósticos médicos, el decreto 546 de 2020 que permite la sustitución de la medida en centro carcelario por domiciliaria de sindicados o condenados en el marco de la emergencia social por el Covid-19, no se podría aplicar en el centro penitenciario que alberga a mujeres en Cartagena.
Las directivas del penal distrital, aclararon que los delitos por los que fueron condenadas estás personas, no les permitiría poder acceder este beneficio, tal y como aparece en el artículo 6 del decreto 546.
Esta situación la colocamos en conocimiento de la Procuraduría provincial, debido a la imposibilidad de materializar la medida de sustitución temporal en el penal distrital, señaló Mercedes García Escallón, directora del centro carcelario de Cartagena.
“Lamentamos profundamente los casos reportados en los establecimientos carcelarios del país. Esta es una realidad que no se puede negar, aun cuando tenemos identificada a la población en riesgo y hemos creado un protocolo de actuación de alistamiento y prevención de la Covid-19 en el penal, de acuerdo a las orientaciones y lineamientos del Ministerio de Salud y del Inpec”, agregó la directora del centro carcelario.
De manera coordinada con la Defensoría del Pueblo se han realizado las acciones pertinentes para las posibles medidas de sustitución si hubiera lugar a ellas, por lo que estamos realizando un llamado a los abogados de las reclusas para que, en este momento de pandemia, se dé celeridad a estas medidas en procura de facilitar la libertad por vencimiento de términos o sustituciones de las medidas de aseguramiento, dijo la directora García Escallón.