Tribunal Superior de Cartagena ampara derechos fundamentales a usuaria de Nueva EPS en El Guamo- Bolívar

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Una angustiante situación atraviesa una usuaria de la Nueva EPS, residente en esta localidad de los Montes de María, y a quien la entidad promotora de salud le ha negado la prestación de servicios asistenciales a pesar de su delicado estado médico.

La paciente, Betty Dorila Barrios Guzmán de 81 años, padece pluripatologías de alto riesgo, además de reciente hospitalización en la clínica Gestión Salud de Cartagena.

En sentencia de 2ª instancia emitida el 22 de octubre del 2025 por la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, se entrega de un plazo de 48 horas a NUEVA EPS para que:  

1) Active el programa de atención domiciliaria de la agenciada e efectúe valoración médica en domicilio dentro de las primeras veinticuatro (24) horas, con fijación de plan de manejo y cronograma de visitas.

2) Disponga la provisión de cuidador permanente (24 horas) en el domicilio, como apoyo complementario a su condición de dependencia total, con vigencia inicial de tres (3) meses, prorrogable conforme al concepto del médico tratante y a la evolución clínica, hasta tanto persista la necesidad.

3) Garantice el servicio de enfermería domiciliaria para el manejo técnico de ostomías, gastrostomía, curaciones y vigilancia de signos de alarma/complicaciones, con la frecuencia que prescriba el médico tratante.

4) Suministre de manera continua y oportuna los insumos y apoyos esenciales indicados por los profesionales tratantes incluyendo kits de ostomía, insumos para gastrostomía, material de curación, pañales, suplementos nutricionales y cama medicalizada si así lo requiere la paciente, sin fragmentación ni trabas administrativas. Si faltare orden vigente respecto de ayudas técnicas o suplementos, deberá emitir en un máximo de setenta y dos (72) horas las valoraciones por Medicina Física y Rehabilitación y Nutrición para definir prescripción y entrega.

5) Provea capacitación/entrenamiento al cuidador en el manejo de la gastrostomía y cuidados básicos, por al menos seis (6) horas diarias durante siete (7) días, conforme al plan de extensión domiciliaria documentado.

6) Asegure el traslado en ambulancia básica para retorno/traslado domiciliario y para controles que así lo requieran, según criterio médico.   

Pasado más de un mes de haberse emitido la providencia, la promotora de salud no ha cumplido con ninguno de los requerimientos del fallo, en una clara falta de compromiso con la usuaria, que requiere de la atención especializada”, señala de manera preocupante el abogado Enrique Carlos Posada Nieto, quien actúa como agente oficioso de la paciente Betty Dorila Barrios Guzmán.

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