Por investigación disciplinaria, suspenden al presidente del Concejo de San Jacinto-Bolivar

Por un término de hasta 3 meses, la Procuraduría a través de la Provincial de Instrucción del Carmen de Bolívar ordenó la suspensión provisional de Álvaro Virgilio García Bolaños, concejal y presidente de la mesa directiva de esa corporación en San Jacinto- Bolívar.
La decisión del organo disciplinario se fundamenta en lo señalado por el artículo 217 del código general disciplinario (Ley 1952/2019), que entrega facultades al Ministerio Público para separar temporalmente a los servidores públicos cuando existan elementos que indiquen que su permanencia puede interferir en el desarrollo del proceso o facilitar la reiteración de la conducta investigada.
En la investigación disciplinaria contra García Bolaños, se evidenciaron presuntas irregularidades que comprometen el ejercicio de sus funciones, tales como:
1.La omisión reiterada de conformar las comisiones permanentes del Concejo, de carácter obligatorio según la Constitución, la Ley 136 de 1994 y el reglamento interno.
2.El retardo u obstaculización en el trámite de proyectos de acuerdo presentados por la administración municipal, lo cual derivó en su archivo por vencimiento de términos.
3.La falta de aprobación de proyectos de acuerdo que tenían beneficios sociales y económicos durante un periodo de seis meses de vigencia, en perjuicio de la comunidad.
4.La posible reiteración de estas conductas, teniendo en cuenta el cargo de dirección que ostenta dentro de la corporación edilicia.
La Procuraduría enfatiza que «este tipo de actuaciones no solo afectan la transparencia institucional, sino que también retrasan el desarrollo del municipio de San Jacinto- Bolívar, al bloquear iniciativas sociales, económicas y de convivencia que buscan mejorar la calidad de vida de sus habitantes y fortalecer el progreso del municipio«.
El organismo aclara que la suspensión provisional tiene carácter preventivo y no sancionatorio, y su propósito es garantizar transparencia durante el proceso disciplinario, proteger el interés público y asegurar que las decisiones que afectan a la comunidad se adopten de manera oportuna y sin interferencias indebidas.
La decisión ha sido notificada al investigado y al Concejo municipal, y remitida a la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular para el correspondiente grado de consulta.