Ministerio de Salud, con circular a los entes territoriales emite recomendaciones sobre traslado y disposición final de cadáveres sospechosos de Covid-19

Desde el gobierno nacional se busca con este acto administrativo alertar a las administraciones con la finalidad de disminuir el riesgo de transmisión en los trabajadores del sector salud, autoridades involucradas, funerarios, familiares y comunidad en general.
En el distrito de Cartagena, a través de una circular del Departamento Administrativo de Salud-Dadis, se vienen entregando recomendaciones entre las que se encuentran:
Fallecidos sin confirmación de negatividad para Covid-19 por PCR, deben ser considerados como casos sospechosos para efectos de manejo de cuerpo y extremar medidas de EPP.
Todo el personal que interviene en el manejo, traslado y disposición final de los cadáveres asociados a la infección, deberán cumplir las normas de bioseguridad, el uso del EPP4 de acuerdo a lo establecido en este protocolo. Especialmente, las técnicas de lavado de manos con agua y jabón después de la manipulación de los cuerpos.
Con el fin de prevenir la propagación del virus a través de los cadáveres en el medio hospitalario o domiciliario y por el periodo que dure la emergencia sanitaria, las entidades territoriales y municipales, donde se realice la disposición final del cadáver, se harán cargo del transporte, la cremación o inhumación de personas fallecidas por Covid-19, declaradas como pobres de solemnidad, sin seguridad social o pertenecientes a grupos vulnerables. Los departamentos y el Gobierno Nacional podrán apoyar con la financiación de estas actividades, previa definición de los costos básicos.
La toma de muestra post mortem por hisopado nasofaríngeo se debe realizar dentro de las primeras seis horas para mayor probabilidad de hallazgo en el laboratorio.
En el caso de los decesos que ocurren en casa, un prestador de salud designado por la EAPB o por la respectiva DTS se desplazará al domicilio a fin de declarar el fallecimiento, evaluar las circunstancias que rodearon el deceso y establecer las posibles causas de muerte después de una indagación del estado de salud previo y revisión de antecedentes clínicos-epidemiológicos, a través de la entrevista a los familiares, revisión de historia clínica u otros documentos médicos disponibles y la aplicación de la autopsia verbal, de conformidad con la metodología establecida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Si los hallazgos soportan una sospecha de Covid-19, enfermedad respiratoria no determinada, o antecedentes de exposición al virus, y no han transcurrido más de 6 horas del fallecimiento, se procederá a la respectiva toma de muestra post mortem y remisión inmediata al Laboratorio de Salud Pública. Los familiares que tuvieron contacto con el cadáver deberán informar a su EPS o a la DTS en caso de ser población no afiliada para la toma de muestras.
Finalmente, procederá a la emisión del certificado de defunción y ubicación del cadáver en la bolsa para entrega al servicio funerario contratado por los deudos o personas encargadas, o definido por la entidad territorial, evitando traslados innecesarios del cadáver al prestador de servicios de salud o al sistema judicial.