Medidas especiales por elecciones del 08 de marzo, adoptan autoridades en Cartagena

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Ante el desarrollo de la jornada electoral del 08 de marzo, donde se elegirán a los nuevos miembros del Congreso de Colombia, las autoridades en esta capital a través del Decreto 0059 del 02 de marzo de 2026, emitido por la Alcaldía, establecieron una serie de medidas para la conservación del orden público en todo el distrito de Cartagena.

Dentro de las medidas se encuentra la prohibición para el expendio y consumo de bebidas embriagantes desde las 06:00 p.m. del sábado 7 de marzo y hasta las 6:00 a.m. del lunes 9 de marzo de 2026.

De igual manera se prohíbe la circulación de vehículos que transporten elementos como escombros, chatarras, cilindros de gas propano o trasteos. También queda suspendida la realización de espectáculos públicos, eventos abiertos al público, eventos privados en espacios abiertos y actividades que impliquen el uso de pick up u otros artefactos de amplificación sonora.

El decreto establece la prohibición para la venta, distribución y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o cualquier artefacto explosivo desde las 6:00 p.m. del sábado 7 de marzo hasta las 6:00 a.m. del lunes 9 de marzo de 2026. Se exceptúan las demostraciones públicas que cuenten con autorización previa de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana y que cumplan con los requisitos legales.

Durante ese mismo período no se permitirán reuniones, concentraciones, movilizaciones, desfiles, caravanas o manifestaciones en espacios públicos como calles, parques, plazas y plazoletas.

En materia de movilidad y seguridad, se prohíbe el parqueo de vehículos dentro de un radio de 200 metros alrededor de los puestos de votación, instalaciones militares, policiales, organismos de seguridad o justicia e instalaciones públicas, desde las 6:00 p.m. del sábado 7 de marzo hasta las 6:00 a.m. del lunes 9 de marzo de 2026.

También se prohíbe el sobrevuelo de drones o vehículos autónomos dentro de los 200 metros alrededor de los puestos de votación, instalaciones militares, policiales, organismos de seguridad o justicia e instalaciones públicas desde las 6:00 p.m. del viernes 6 de marzo hasta las 6:00 a.m. del lunes 9 de marzo de 2026. Esta restricción aplica igualmente en los sitios destinados para escrutinios desde las 6:00 p.m. del viernes 6 de marzo y hasta que finalicen, conforme al calendario expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Se exceptúan los drones pertenecientes a las Fuerzas Armadas y demás entidades del Estado que se encuentren ejerciendo funciones de monitoreo, vigilancia y control.

De igual forma, se prohíbe el parqueo de vehículos dentro de los 200 metros a la redonda de las registradurías y sitios destinados para escrutinios desde las 6:00 p.m. del sábado 7 de marzo y hasta que culminen los escrutinios.

La secretaría del Interior, el Departamento Administrativo de Tránsito-DATT, los alcaldes locales y la Policía serán las autoridades encargadas de ejercer la vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones. El incumplimiento dará lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en la normatividad vigente.

Invitamos a toda la ciudadanía a cumplir estas medidas decretadas. La responsabilidad es fundamental para preservar la seguridad, la sana convivencia y el desarrollo normal del proceso electoral”, aseguró Bruno Hernández, secretario del interior.

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