A partir del 15 de diciembre: entrada en vigencia del decreto de restricción vehicular en Cartagena

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Actividades pedagógicas y explicativas, desarrollarán los funcionarios del Departamento Administrativo de Transito-DATT, con la finalidad que los usuarios conozcan el decreto 2206, que establece restricciones a la circulación de vehículos particulares por 24 horas y que entrará en vigencia a partir del 15 de diciembre y hasta el 24 de enero del 2026.

Según el acto administrativo, la primera rotación inicia el 15 de diciembre y se prolonga hasta el 02 de enero de 2026 de la siguiente manera

Lunes: 3–4

Martes: 5–6

Miércoles: 7–8

Jueves: 9–0

Viernes: 1–2

La segunda rotación inicia el 05 de enero y se prolonga hasta el día 24 de enero de 2026 de la siguiente manera:

Lunes: 5–6

Martes: 7–8

Miércoles: 9–0

Jueves: 1–2

Viernes: 3–4

El director del Datt, José Ricaurte, explica que las medidas obedecen a incremento del flujo vehicular en esta época del año, donde se espera la circulación de cerca de 300.000 vehículos.

El funcionario señaló con relación a los vehículos tipo motocicletas, y pensando en quienes trabajan en el sector turístico hasta altas horas de la noche e, incluso, en las madrugadas, las mismas podrán circular en el horario comprendido entre las 11:00 pm a 5:00 am del día siguiente.

No es una excepción para todas las motos. Quienes cumplan con los requisitos, deberán tramitarlos a través del sitio www.transitocartagena.gov.co”, anota el director Ricaurte.

Quienes aspiren a dicho permiso deberán aportar la certificación de su empleador o lugar de trabajo, donde se acredite su vinculación a sectores laborales que sí lo ameriten.

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