A partir del 15 de diciembre: entrada en vigencia del decreto de restricción vehicular en Cartagena
Actividades pedagógicas y explicativas, desarrollarán los funcionarios del Departamento Administrativo de Transito-DATT, con la finalidad que los usuarios conozcan el decreto 2206, que establece restricciones a la circulación de vehículos particulares por 24 horas y que entrará en vigencia a partir del 15 de diciembre y hasta el 24 de enero del 2026.
Según el acto administrativo, la primera rotación inicia el 15 de diciembre y se prolonga hasta el 02 de enero de 2026 de la siguiente manera
Lunes: 3–4
Martes: 5–6
Miércoles: 7–8
Jueves: 9–0
Viernes: 1–2
La segunda rotación inicia el 05 de enero y se prolonga hasta el día 24 de enero de 2026 de la siguiente manera:
Lunes: 5–6
Martes: 7–8
Miércoles: 9–0
Jueves: 1–2
Viernes: 3–4
El director del Datt, José Ricaurte, explica que las medidas obedecen a incremento del flujo vehicular en esta época del año, donde se espera la circulación de cerca de 300.000 vehículos.
El funcionario señaló con relación a los vehículos tipo motocicletas, y pensando en quienes trabajan en el sector turístico hasta altas horas de la noche e, incluso, en las madrugadas, las mismas podrán circular en el horario comprendido entre las 11:00 pm a 5:00 am del día siguiente.
“No es una excepción para todas las motos. Quienes cumplan con los requisitos, deberán tramitarlos a través del sitio www.transitocartagena.gov.co”, anota el director Ricaurte.
Quienes aspiren a dicho permiso deberán aportar la certificación de su empleador o lugar de trabajo, donde se acredite su vinculación a sectores laborales que sí lo ameriten.
