Embargos judiciales comprometen operación y flujo de recursos en Nueva EPS

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Tres Juzgados en el departamento del Caquetá y uno en Bogotá, decidieron incrementar los embargos a Nueva EPS, en una cifra que compromete su operación y por ende la atención de los más de 11 millones 700 mil afiliados.

La cifra que ya había sido duplicada en noviembre de 2025, cuando pasó de $422.000 a $887.000 millones, acaba de incrementarse a más del doble, ascendiendo a dos billones, ciento veinticinco mil ochocientos noventa millones, cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta pesos, que comprometen directamente toda la operación de la EPS.

Señala Nueva EPS que “estos recursos tienen un impacto importante en la prestación de servicios de salud y el flujo de recursos hacia la red prestadora y gestores farmacéuticos a nivel nacional”.  Revela le prestadora que “actualmente se encuentran bloqueadas cuentas bancarias y recursos retenidos por parte de las diferentes fuentes de financiación, de allí que dicha decisión tome gran relevancia, pues solo se cuenta con el giro directo que llega cada semana para postulación hacia la red prestadora y limitación absoluta de uso de los recursos de tesorería”.

Advierte Nueva EPS, que, si los embargos se mantienen, la operación se verá seriamente comprometida y no podrá operar administrativamente, a eso se suma el impacto en la sostenibilidad financiera no solo de la entidad, sino de una red aproximada 5.000 prestadores a nivel nacional, muchos de ellos con una dependencia financiera de gran proporción desde Nueva EPS.

Actualmente los embargos mencionados se concentran en aproximadamente 95 IPS que presentaron las demandas en el proceso de intervención de Nueva EPS, siendo en su mayoría (80%) las principales Instituciones privadas del país.

Los cuatro Juzgados que concentran el mayor número de medidas de embargo son el Juzgado Primero Civil del Circuito de Florencia – Caquetá, Juzgado Segundo Civil del Circuito de Florencia, Juzgado Segundo Promiscuo Municipal del Circuito de Puerto Rico – Caquetá y Juzgado 26 Civil del Circuito de Bogotá.

Nueva EPS recordó que los recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) son constitucional y legalmente inembargables, según el artículo 48 de la Constitución, así como las leyes 715 de 2001 y 1438 de 2011. Además, la Circular 000032 de 2025 del Ministerio de Salud y la Circular 014 de 2018 de la Procuraduría, reiteran que estos fondos, de naturaleza parafiscal y esenciales para garantizar el derecho fundamental a la salud, no pueden ser objeto de medidas cautelares.

La Entidad ya informó la situación a la Superintendencia Nacional de Salud, al Ministerio de Salud y a la ADRES, entre otros Entes de Control, solicitando medidas urgentes que permitan frenar estas decisiones judiciales.

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