Por extralimitación de funciones, sancionan a exgerente del hospital de Simití- Bolívar
Una millonaria multa deberá cancelar Luis Fernando Vásquez Escudero, quien se desempeñó como gerente del Hospital San Antonio de Padua de Simití, al ser confirmada en 2a instancia el fallo de la Procuraduría qué lo sanciona por extralimitación de funciones.
Indica el Ministerio Público que el exservidor «de manera irregular ejerció facultades de jurisdicción coactiva en contra de la EPS Coosalud sin tener competencias para ello«.
Con esta actuación jurídica, precisa el organismo, Vásquez Escudero incumplió y desconoció sus deberes, entre ellos, la prohibición constitucional, legal y jurisprudencial respecto del «principio de inembargabilidad de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud«.
Contrario a lo argumentado por la defensa, el ente disciplinario señaló que las ESE “no pueden ejercer funciones de cobro coactivo al actuar en sus relaciones comerciales como los demás particulares y, en consecuencia, tampoco podrían adelantar medidas cautelares para el recaudo de este tipo de créditos”, y agregó que “lo correcto, entonces, es que las ESE concurran ante la jurisdicción ordinaria para la efectividad de las obligaciones comerciales”.
La Procuraduría sentenció que no se pueden quebrantar las condiciones de igualdad que gobiernan el mercado de la contratación de servicios de salud, en detrimento de los demás actores que interactúan en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La conducta de Vásquez Escudero fue calificada como grave a título de culpa grave, y la sanción que le fue impuesta se convirtió en salarios de acuerdo con el monto de lo devengado al momento de la comisión de la falta, en razón a que ya no ejerce función pública.
